Martes 16 de Febrero de 2016

Fumigaciones en Instalaciones y Tramado Ferroviario Local

Foro Ambiental

Desde el Foro Ambiental repudiamos las fumigaciones en el Tramado e Instalaciones Ferroviarias, que se encuentran dentro de la Zona urbana, y por Ordenanza N°3150/15, en su:

Artículo 15.4: De las zonas Urbanas. Queda prohibida la utilización de agroquímicos en un radio de 300 metros a contar del límite fijado para determinar las zonas urbanas del partido de General Viamonte, franja que será declarada como “Zona Ecológica”. Establézcase que las aplicaciones que se realicen entre la zona de ecológica (300 mts.) y los 2000 (dos mil mts.), deberán realizarse con supervisión técnica externa (ingeniero matriculado) inscripto en el ministerio de asuntos agrarios.

 

Así mismo, estas aplicaciones están Prohibidas por su órgano regulador, la Comisión Nacional Reguladora del Transporte quien por recomendación de la Defensoría del Pueblo de la Nación, <<consideró que la aplicación de esas sustancias que evitan el crecimiento de pastizales y malezas "no son inocuas" y "pueden ser altamente perjudiciales", así como también "producir efectos tóxicos crónicos y agudos en la salud de los seres humanos, en los animales y en toda la Biodiversidad" de las zonas donde es utilizada. Instruir para el cese de la utilización de herbicidas para el control de malezas en vías férreas en áreas urbanas.

 

Que las aplicaciones constantes de herbicidas en los corredores vegetados que acompañan la traza ferroviarias, afecta la Biodiversidad de especies animales y vegetales que se refugian en ella, y que la aplicación en áreas urbanas expone a los vecinos, población de hospitales y escuelas cercanas a ellas.

 

Se han dejado pasar precauciones que evitan perjuicios a la población en el manejo de herbicidas, que terminan de demostrar la desconsideración de los accionares en el cuidado y respeto del medio ambiente, y a la población en general. La utilización de los medios para el control de maleza no son los indicados al existir las alternativas posibles y beneficiosas; sin dejar de tener en cuenta la falta de Autoridades de Aplicación, Inspector Ambiental ni equipo de control que evitarían lavado de equipos fumigadores y/o desecho de residuos en lugares inadecuados.

 

Las fotos demuestran las graves faltas que claramente afecta y perjudica a la población, y que estando tan cerca de lugares públicos concurridos, es importante que se detengan las aplicaciones en estas zonas urbanas, ya que no son labores permitidos para el control de malezas, exigido desde Defensoría Del Pueblo de la Nación, y de ser necesario a quien debamos comunicarle, entre quejas y denuncias, la falta de control en el cese de utilización de herbicidas en Tramados Ferroviarios.

 

COMO VECINOS DEBEMOS PONERNOS FIRMES ANTE ESTA SITUACIÓN, Y NO PERMITIR MAS IRREGULARIDADES CON SUSTANCIAS TOXICAS DENTRO DE LA ZONA URBANA, NI LAS FUMIGACIONES EN LOS 300 MTS. LIBRES, NI EL LAVADO Y DESECHOS CERCA DE LA GENTE, POR ESO ES NECESARIO QUE LLAME Y/O SE ACERQUE A DENUNCIAR TAMBIÉN POR ESCRITO.

CONTACTO PARA DENUNCIAS:

Sec. Legal y Tecnica (municipalidad): acercar nota por escrito con foto de las fumigaciones. Sec. De Medio Ambiente: 442107 Interno 247 Comisaria: 444202 o 101 Patrulla Rural: 2358-15-410680 Juzgado de Faltas: 443697


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