Martes 18 de Junio de 2013

Las claves que hay que conocer sobre la nueva ley de trabajo doméstico

El plazo para registrar a los empleados a través de la AFIP vence el 30 de junio. Se realizó una lista para saber los cambios principales antes de completar el formulario.

La ley de trabajo doméstico comenzó a funcionar y  los empleadores ya están registrando al personal de casas particulares en la AFIP, tras sancionarse en marzo y promulgarse hace dos meses.

Aunque se estima que habrá una prórroga, el plazo de registro vence oficialmente el 30 de junio. "La ley es una reivindicación para las empleadas domésticas. Muchas compañeras nunca han cobrado vacaciones o aguinaldo", asegura Lucía Sánchez, secretaria de la Unión Personal Auxiliar De Casas Particulares (UPACP).

Sánchez se enfocó en las principales dudas que surgen de empleados y empleadores a la hora de completar los nuevos formularios. “Ellas saben que ahora tienen una ley, se acercan o llaman por teléfono, y están recibiendo una buena respuesta de los empleadores”, completa. En la actualidad, hay un millón de trabajadores domésticos a nivel nacional y sólo el 30% está regularizado. 

• El pago por hora cuenta con un básico de $19,74, según la resolución del Ministerio de Trabajo, pero Sánchez dice que en el mercado se está pagando entre "25 y 30 pesos la hora". Aunque el viático no es obligatorio por ley, los empleadores suelen abonarlo.

• Los aportes y contribuciones ahora se realizan a partir de una hora trabajada por semana. "Antes se hacían desde las seis horas semanales. Muchos empleadores y empleadas desconocen este cambio", dice Sánchez. Esto significa que la relación laboral entra en vigencia desde que la persona empieza a trabajar.

• No importa que una empleada trabaje en varias casas; cada empleador debe anotar al personal doméstico en el Registro Especial de la Seguridad Social. Se realiza a través de la AFIP por Internet con la clave fiscal, y se completa el formulario 102/B de la AFIP. Si bien se puede hacer hasta el 30 de junio, en el sector creen que habría una prórroga.  

• Con menos de 12 horas trabajadas por semana, el pago es de 20 pesos: $8 de aporte y $12 de contribuciones. Si el empleado trabaja entre 12 y 16 horas, son $15 de aporte y $24 de contribuciones. El importe máximo es de $135, con 100 pesos de aporte y 35 de contribuciones, por más de 16 horas semanales.

• Para acceder a la jubilación y a la obra social se necesita un mínimo de $135 entre aportes y contribuciones. En el caso de que una empleada doméstica trabaje menos de 16 horas, puede completar el formulario 575 de pagos voluntarios para "obtener un futuro beneficio previsional y/o la cobertura de Obra Social".

• Las vacaciones y el aguinaldo se cobra en todos los casos, no sólo en los de relación de dependencia. Desde los seis meses hasta los cinco años de trabajo, son 14 días corridos; 21 días hasta los 10 años y 28 días con más de 10 años trabajados. Sánchez insiste: "Nuevamente, no importa si trabaja una hora por semana o todos los días. Se aplica a todas por igual".  

• Con la nueva ley se agregó la licencia por enfermedad. Si bien la licencia por maternidad y la ART aún no fueron reglamentadas, desde la Unión Personal Auxiliar De Casas Particulares estiman que se hará pronto. En este sentido, aún se debe establecer qué ART cubrirá a las empleadas y con qué mecanismos. La licencia por maternidad estima 45 días antes y 45 días después, y la Anses pagaría este beneficio.

• "Si una empleada trabajó en una casa durante seis años en negro y la blanquean desde ahora, no pierden la posibilidad de hacer los aportes por esos años", dice Sánchez. "Eso es importante también por la antigüedad", agrega.

• En caso de fallecimiento de familiar directo, el empleado tiene tres días de licencia. La ley también agregó 10 días anuales por estudio, para que los empleados domésticos puedan seguir formándose.  

• Las empleadas domésticas no pierden el derecho a cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) sólo si cobran menos que el salario mínimo, vital y móvil, de 2.875 pesos. Al estar en blanco, sí dejan de cobrar el Plan Trabajar.

• La ley incluye como empleados domésticos a institutrices, gobernantas, damas de llave, mayordomos, damas de compañía -al cuidado de personas mayores-, nurses, cocineros, valets, porteros de casas particulares, caseros, jardineros, ayudantes y niñeros en general. 


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